Delegación de Competencias y Encomiendas de Gestión - titulo
Delegación de Competencias y Encomiendas de Gestión
DELEGACIONES GENERALES
El Alcalde ha resuelto delegar algunas de las atribuciones que le corresponden por Ley.
EN LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL
1.- URBANISMO
a) Concesión de licencias de obras de edificaciones de nueva planta y grandes reformas en edificaciones existentes y aprobación de sus proyectos de ejecución (art. 21.1.q), cuando el presupuesto liquidable a efectos tributarios sea igual o superior a 200.000,00 euros.
b) La concesión de licencias de actividad, siempre que se tramiten conjuntamente con la licencia de obras y la Junta de Gobierno Local sea la competente para la concesión de la licencia de obras (artículo 21.1.q).
c) Licencias de 1ª utilización de edificios (art. 21.1.q), en el supuesto de que la licencia de obras la haya otorgado la Junta de Gobierno Local.
d) Resolución de expedientes de ruina (art.21.1.s)
e) Aprobación de instrumentos de gestión urbanística (proyectos de reparcelación, programas de actuación urbanizadora y demás convenios …) y proyectos de urbanización (art. 21.1.j)
f) Aprobación inicial y provisional de planes de ordenación urbanística y convenios, cuando corresponda al Pleno del Ayuntamiento la aprobación definitiva. (art. 21.1.j).
g) Sanciones por infracciones urbanísticas graves o muy graves (art.51 y siguientes del Reglamento de Disciplina Urbanística).
h) Medio Ambiente: Aprobación de mapas de ruido y planes de acción (artículos 18 y 19 del Decreto 213/2012), así como declaración de zonas de protección acústica especial y aprobación de sus planes zonales (artículos 45 y 46 del Decreto 213/2012). Aprobar los planes de acción contra el cambio climático, cuando no sea competencia del Pleno.
2.- RECURSOS HUMANOS
a) Aprobar la oferta de empleo público de acuerdo con el Presupuesto y la plantilla aprobados por el Pleno (art. 21.1.g)
b) Aprobar las bases de las pruebas para la selección del personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo (art. 21.1.g)
c) Resolución de expedientes disciplinarios (art. 21.1.h)
3.- CONTRATACION
a) Las contrataciones y concesiones de toda clase cuya cuantía supere el 5% de los recursos ordinarios y no exceda del 10% de los mismos (art. 21.1.ñ)
b) La aprobación de los proyectos de obras y de servicios cuando sea competente para su contratación o concesión y estén previstos en el presupuesto (art. 21.1.o)
4.- SUBVENCIONES Y AYUDAS
Aprobar la convocatoria para la concesión de ayudas y subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, así como su resolución.
Quedan fuera del ámbito de la delegación efectuada y por consiguiente se reserva la Alcaldía la concesión de todo tipo de ayudas y subvenciones directas previstas en el artículo 22.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la suscripción de los subsiguientes convenios de formalización y las ayudas de tipo social que se autorizan conforme a los planes de emergencia social, ayudas individualizadas, y las restantes resoluciones a adoptar en el marco de los procedimientos subvencionales resueltos por la Junta de Gobierno Local (justificación, reintegro de subvenciones, variación en el importe concedido, etc.)
5.- GASTOS
El reconocimiento de obligaciones en materia de su competencia entre el 5 y el 10% de los recursos ordinarios (art. 21.1.f)
6.- BIENES
Adquisición de bienes y derechos y enajenación del patrimonio en los casos en que su valor esté comprendido entre el 5 y el 10% de los recursos ordinarios (art. 21.1.p)
7.- CONVENIOS DE COLABORACIÓN
Aprobación de convenios de colaboración con otras Administraciones u otras personas físicas o jurídicas excluidos del ámbito de aplicación del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, y de la Ley General de Subvenciones 38/2003, de 17 de noviembre y sus normas de desarrollo. (art. 21.1.s).
ECONOMÍA
Modificar la delegación realizada mediante Decreto 1454, de 23 de junio de 2023, y delegar en el miembro de la Junta de Gobierno Local D. IKER BASURKO DE MIGUEL las siguientes competencias atribuidas a esta Alcaldía en el artículo 118 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, referidas a todos los contratos menores:
- Informe del órgano de contratación motivando la necesidad del contrato.
- Comprobación de que no se está alterando el objeto del contrato para evitar la aplicación de las reglas generales de contratación.
- Resoluciones para la aprobación del gasto.
Las presentes competencias se ejercerán conforme al procedimiento establecido en la NORMA DE EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA de cada año.
POLICÍA MUNICIPAL
Delegar en D. GERVASIO GABIRONDO FERNANDEZ miembro de la Junta de Gobierno Local, las competencias:
– POLICÍA MUNICIPAL
– SEGURIDAD CIUDADANA Y PROTECCIÓN CIVIL
– TRÁFICO: concesión de los permisos previstos en la Ordenanza municipal para regular determinados aspectos de la circulación y el uso de las vías urbanas de Zarautz y en la Ordenanza municipal sobre circulación de peatones y vehículos, y tramitación y resolución de expedientes sancionadores.
Los preceptos que recogen estas competencias son los siguientes: Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, arts. 21.1.i) y 21.1.s), y en el Real Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales -arts. 41.15 y 41.27.
ESCUELA MUNICIPAL DE MÚSICA
En la concejala responsable de Cultura Dª. IRUNE URBIETA ALBERDI la presidencia de la Junta Rectora y del Consejo Escolar de la ESCUELA MUNICIPAL DE MÚSICA “IMANOL URBIETA”.
DELEGACIONES ESPECIALES
El Alcalde ha acordado las siguientes delegaciones especiales a favor de los miembros de la corporación que a continuación se indican, delegando la gestión de las siguientes áreas de la organización municipal, reservándose al delegante la potestad de resolver mediante actos administrativos:
ALCALDÍA |
|
Zarautz 2030, Proyectos Estratégicos e Innovación |
Iker Basurko De Miguel |
Convivencia |
Jesus Arana Gomez |
ORGANIZACIÓN |
|
Gobernanza, Recursos Humanos, TIC y e-administración |
Jesus Arana Gomez |
Hacienda y Finanzas (complementario a la delegación general), Contratación y Patrimonio |
Iker Basurko De Miguel |
Servicio de Atención Ciudadana (SAC) |
Jesus Arana Gomez |
CIUDADANÍA |
|
PartIcipación |
Garbiñe Oiarbide Iruretagoiena |
Movilidad |
Iker Basurko De Miguel |
Euskera, Cultura, Educación y Juventud |
Irune Urbieta Alberdi |
Políticas Sociales |
Jesus Arana Gomez |
Deporte |
Inaxio Illarramendi Lizarreta |
Igualdad |
Gloria Vazquez Herranz |
TERRITORIO |
|
Urbanismo y Vivienda |
Garbiñe Oiarbide Iruretagoiena |
Infraestructuras, Obras, Servicios y Calidad de vida |
Iban San Martin Hernández |
Medio Ambiente y Bienestar Animal |
Inaxio Illarramendi Lizarreta |
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